La necesidad de protección de un núcleo familiar puede ser planteada, por los propios interesados, trabajadores sociales, organizaciones políticas, de masas y sociales, instituciones, delegados de las circunscripciones, u otra persona que así lo considere, a la Dirección de Trabajo Municipal para su atención y evaluación. El Director de Trabajo Municipal designa al especialista, para que realice la investigación socioeconómica correspondiente, dentro del término de veinte días hábiles a partir de recibirse la solicitud en la Dirección Municipal de Trabajo. La investigación socioeconómica se inicia con la entrevista del especialista con el jefe del núcleo familiar o un representante a los efectos de obtener la información detallada del estado de necesidad. Al informe elaborado como resultado de la entrevista realizada, se deben anexar los documentos probatorios aportados por el solicitante, según sea el caso, con el objetivo de profundizar en la necesidad de protección. La investigación socioeconómica se concluye con las informaciones que se verifican en la comunidad donde reside el interesado. El especialista después de la evaluación integral, basada en el expediente, propone un dictamen de aprobación o no, exponiendo las razones para ello, al Director de Trabajo Municipal dentro de los diez días hábiles, concluida la investigación.
Cuando la aprobación de la prestación sea competencia de un nivel superior, el Director de Trabajo Municipal traslada el expediente, el dictamen y la propuesta, al Director de Trabajo Provincial. El Director de Trabajo Provincial, después de recibir el expediente y el dictamen elaborado, presenta la propuesta correspondiente al Consejo de Dirección de su instancia para el análisis. La notificación de la decisión de aprobación o denegación se realiza al Director de Trabajo Municipal. Cuando la aprobación de la prestación sea competencia del Consejo de Dirección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Prestaciones Monetarias Temporales Excepcionales, Protección Salarial a las Madres de Hijos con Discapacidad Severa y el otorgamiento excepcional del Asistente Social a Domicilio), el Director de Trabajo Provincial traslada el expediente y el dictamen a la Dirección Nacional de Prevención, Asistencia y Trabajo Social. El Director Nacional de Prevención, Asistencia y Trabajo Social evalúa la propuesta y propone al Ministro de Trabajo y Seguridad Social, mediante informe fundamentado, acceder a la solicitud o denegarla. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social al recibir la propuesta formulada en el marco de su competencia, somete la propuesta al Consejo de Dirección para su aprobación o denegación. Si se decide el otorgamiento de la prestación, se dicta la Resolución correspondiente.




























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